Existen distintos tipos de becas y ayudas dirigidas a los alumnos y a sus familias con el objetivo de garantizar el acceso a la educación para aquellas personas que por sus circunstancias personales, familiares, sociales o económicas no puedan disfrutar de ella en igualdad de condiciones. A continuación se ofrece el listado de las ayudas dependientes de la Junta de Andalucía. Recuerda revisar los plazos concretos para la solicitud de cada una de estas becas. Ayudas a las familias para fomentar la escolarización de menores de 3 años Ayudas para fomentar la escolarización de los niños y niñas menores de 3 años en los centros educativos exclusivos de primer ciclo de educación infantil mediante la bonificación del precio de los servicios de atención socioeducativa y de comedor escolar, determinados en el Decreto 149/2009, de 12 de mayo . La Consejería de Educación ha aprobado para el curso 2017/2018 una convocatoria extraordinaria de esta ayuda: Solicitud de la ayuda A...
Hay que recordar que para hacer el cálculo de la beca variable más exacto, en la casilla "DEDUCCIONES" del simulador hay que hacer constar el cálculo de la deducción que según el artículo 18 de la Resolución con la Convocatoria de Becas 2018/19 te correspondiera aplicarle a tu Renta Familiar; pues el dato de renta que aparece en el informe de Datos Económicos de la Consulta Personalizada de Becas de la Conserjería de Educación de la Junta de Andalucía es la Renta Familiar original y real sin tocar ni deducir. A continuación redacto el contenido de dicho artículo para que conozcáis si os corresponde aplicar alguna deducción y en caso positivo cuál de ellas y en qué medida:
ResponderEliminarArtículo 18. Deducciones de la renta familiar.
1. Para poder ser tenidas en cuenta las deducciones que se indican en los párrafos siguientes, deberá acreditarse que las situaciones que dan derecho a la deducción concurrían a 31 de diciembre de 2017.
2. Hallada la renta familiar a efectos de beca según lo establecido en los artículos anteriores, se aplicarán las deducciones siguientes:
a) El 50 por 100 de los ingresos aportados por cualquier miembro computable de la familia distinto de los sustentadores principales.
b) 525,00 euros por cada hermano que sea miembro computable, incluido el solicitante, que conviva en el domicilio familiar, cuando se trate de familias numerosas de categoría general y 800,00 euros para familias numerosas de categoría especial, siempre que tenga derecho a este beneficio. La deducción aplicable al solicitante universitario será de 2.000,00 euros cuando éste se encuentre afectado de una discapacidad de grado igual o superior al sesenta y cinco por ciento. Cuando sea el propio solicitante el titular de la familia numerosa, las cantidades señaladas serán computadas en relación con los hijos que la compongan.
c) 1.811,00 euros por cada hermano o hijo del solicitante o el propio solicitante que esté afectado de discapacidad, legalmente calificada, de grado igual o superior al treinta y tres por ciento y 2.881,00 euros cuando la discapacidad sea de grado igual o superior al sesenta cinco por ciento. Cuando sea el propio solicitante universitario quien esté afectado por la discapacidad de grado igual o superior al sesenta y cinco por ciento, la deducción aplicable a dicho solicitante será de 4.000,00 euros.
d) 1.176,00 euros por cada hermano del solicitante o el propio solicitante menor de 25 años que curse estudios universitarios y resida fuera del domicilio familiar, cuando sean dos o más los estudiantes con residencia fuera del domicilio familiar por razón de estudios universitarios.
e) El 20 % de la renta familiar cuando el solicitante sea huérfano absoluto y menor de 25 años.
Así pues, tras introducir en el Simulador de la Cuantía Variable vuestra "RENTA FAMILIAR" íntegra, en la casilla de "DEDUCCIONES" deberéis introducir la cantidad a deducir de la misma. Espero haber ayudado.
Un saludo.
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